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Asignación en dinero de $80.000 que se entrega con ocasión del fallecimiento del pensionado afiliado.
Quiénes pueden acceder al beneficio: Cónyuge, conviviente civil o las cargas familiares autorizadas del fallecido en ausencia del primero.
Vigencia hasta 31 de Diciembre 2020.
¿Cuáles son los requisitos?
- El pensionado afiliado fallecido debe encontrarse vigente al momento del deceso.
¿Qué documentación debo presentar?
- Certificado de Defunción del Pensionado.
- Certificado de matrimonio o unión civil.
- En caso de que el beneficiario sea carga familiar debe presentar certificado de carga, emitido por la entidad pagadora de la pensión.
- Cédula de Identidad del beneficiario y de la persona que cobra el beneficio en caso que sea un representante de éste.
- Carta poder en la que el beneficiario autoriza un representante para el cobro.
¿Cuál es el plazo?
- 150 días desde la fecha del fallecimiento del pensionado.
¿Dónde puedo acceder al beneficio?
- En todas las sucursales de La Araucana.
Otras Consideraciones
- Si el (la) Cónyuge es afiliado(a), podrá cobrar el beneficio asignación Fallecimiento Cónyuge.
- Beneficio no válido para uniones de hecho o para hijo en común.