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Asignación en dinero que se paga a trabajadores (profesionales y administrativos) de establecimientos educacionales de enseñanza básica y media, del sector público, municipal o particular contra presentación de certificado de aprobación de cursos, diplomados y/o magíster relacionados con el área y rendidos durante el año calendario, debidamente acreditados por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (C.P.E.I.P)  o por  Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Ministerio de Educación (CFT, IP o Universidad).

Según el tipo de curso aprobado se asignarán los siguientes montos:

  • Cursos de Perfeccionamiento: $10.000 por una sola vez al año.
  • Diplomados: $20.000 por una sola vez al año.
  • Magíster: $50.000 por una sola vez al año.

Quienes pueden acceder al beneficio: Trabajador afiliado, de establecimientos educacionales de enseñanza básica y media, del sector público, municipal o particular.
Vigencia hasta el 31 de diciembre 2020

 

 

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¿Cuál es el plazo para solicitar?

Desde  02 enero hasta el 31 diciembre 

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¿Qué documentación debo presentar?

  • Certificado de aprobación de cursos, diplomados y/o magíster debidamente acreditado por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigación pedagógicas (C.P.E.I.P) del Ministerio de Educación, o por instituciones de educación superior reconocidas por el Ministerio de Educación (CFT, IP o Universidad).
  • Certificado o contrato de trabajo que acredite sus funciones en el establecimiento educacional.
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¿Cuáles son los requisitos?

  • Afiliado activo al momento de la aprobación del curso.
  • El curso de perfeccionamiento debe cumplir con 30 horas mínimo.
  • Estudios rendidos durante el año calendario
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¿Dónde puedo acceder al beneficio?

En todas las sucursales de La Araucana.

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Otras consideraciones:

  • Beneficios puede ser cobrado una sola vez al año.
  • No procede el pago del beneficio, si la entidad que imparte el programa es extranjera.
  • Aplica sólo para programas presenciales.
  • Los cursos, diplomados y/o magíster que se bonifican, deben tener relación con el perfeccionamiento del área educacional.
  • No se consideran seminarios, post-títulos, ni congresos.